FEPUKA Informa: Proceso Electoral 2016

Conforme establece La Constitución y Reglamento de la Federación Puertorriqueña de Karate y Artes Marciales Afines FEPUKA Corp,en su articulo IV Elecciones “las elecciones serán celebradas en la asamblea general que se celebrará cada cuatro (4) años y las misma deberá llevarse a cabo durante el mes de Julio”.
Siendo el año 2016 el que se cumple el limite de actual mandato, se convocan elecciones para el 10 de Julio del corriente.
Los procedimientos a seguir para el proceso eleccionario están recogidos en diferentes apartados dentro del articulo IV de la actual Constitución y Reglamento de la FEPUKA.
Para información de todos los miembros federados se procede a exponer la reglamentación para el proceso eleccionario.
ELECCIONES
ARTICULO IV
- Las elecciones serán celebradas en la asamblea general que se celebrara cada cuatro (4) años y la misma deberá llevarse a cabo durante el mes de julio.
- Todos los miembros de la Junta Directiva, según estipula el articulo lll, serán electos en la asamblea general. Los candidatos para el Comité Ejecutivo deben ser presentados por correo certificado 60 días antes de la asamblea. Esto no aplica para los miembros del Comité Directivo que se ofrecen para reelección (FMK).
- Cualquier miembro de la Junta Directiva electo en la asamblea general puede ser separado de su cargo luego de tres (3) ausencias injustificadas a las reuniones de la Junta Directiva. Para seleccionar el sustituto, las Regiones someterán el nombre de un candidato por Región y de estos por votación secreta en la próxima reunión de la Junta de Directores.
- Delegados votantes en la asamblea:
- Un voto por Organización Afiliada (quien nombrará un delegado).
- Un voto a cada Director Regional que a su vez es parte del Cuerpo
Directivo; debe entenderse que solo tiene derecho a un voto.
- Un voto a miembro de la Junta Directiva.
- El quórum constara de la mitad, más uno (1) del total conjunto de los delegados autorizados y certificados, más la Junta de Directores.
- Votos suplentes a la asamblea general tienen que ser de la misma Región y deben presentar un proxy autorizado por el Director Regional.
- La certificación de Organizaciones debe ser hecha oficialmente para mayo
30
de cada año que hallan sido miembros “bonafide” por dos (2) años consecutivos de la FEPUKA. Esto aplica también a los miembros del seleccionado nacional.
- Todo miembro suspendido o halla sido separado de la FEPUKA por faltarle el honor al Karate Do se invalida para ocupar puestos Directivos.
La Constitución y Reglamento de la FEPUKA en su totalidad se puede acceder en la sección «DOCUMENTOS » de esta página : https://fepuka.net/documentos-2/
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